Artículo Disposición adicional décimaDisposición adicional décima
Disposición adicional décima. Régimen fiscal especial aplicable a las entidades deportivas.
El régimen fiscal previsto en el capítulo VIII del título VIII resultará de aplicación en el supuesto de adscripción de un equipo profesional a una Sociedad Anónima Deportiva de nueva creación, siempre que se ajuste plenamente a las normas previstas en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, y en los Reales Decretos 1084/1991, de 5 de julio, y 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas.
Norma publicada: 28 de diciembre de 2016